CONTRATO COLECTIVO DE TRABAJO 2006 - 2008 |
CAPÍTULO NOVENO |
Trabajos para Obra Determinada |
CLÁUSULA 91.- RIESGOS EN GENERAL.- Las estipulaciones de las Cláusulas 92 y 93 se aplican a los casos de riesgos no de trabajo y de trabajo, respectivamente, en sus términos, para los trabajadores de obra determinada o transitorios. |