CONTRATO COLECTIVO DE TRABAJO 2006 - 2008 |
CAPÍTULO PRIMERO |
Estipulaciones Generales |
CLÁUSULA 3.- DERECHO A ASESORES.- En los asuntos que traten los Representantes de LyF con los Representantes del Sindicato en todos sus niveles, unos y otros tendrán libertad para asesorarse de las personas que estimen conveniente. |