CLÁUSULA 108.- VIGENCIA DE DERECHOS Y PRERROGATIVAS
El presente Contrato no anula ninguno de los derechos o prerrogativas para los trabajadores, contenidos en los actuales convenios y acuerdos pactados entre LyF y Sindicato, si los citados derechos o prerrogativas son superiores a los que este Contrato concede; si fueren inferiores, se estará a lo establecido en este Contrato.
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